
Que el desarrollo rural, con independencia de su vinculación a la Política Agrícola Común (Segundo Pilar) debe ubicarse en el objetivo más amplio de la Cohesión Territorial y del Desarrollo Regional.
Que la innovación no es, ni debe ser, un objetivo exclusivamente asociado al ámbito urbano.
Que la sociedad rural debe asumir el reto de la innovación como requisito esencial para promover y lograr su desarrollo.
Que el medio rural no puede quedar al margen de la Sociedad del Conocimiento y, para ello, es imprescindible asegurar el acceso a las Tecnologías de la Información en condiciones de igualdad con el medio urbano.
Que con independencia de la diversificación de la actividad económica y de la implantación de nuevas actividades en el medio rural, las actividades tradicionales y, muy en particular, la agricultura constituye un ámbito de investigación y desarrollo de una gran potencialidad.
Que el desarrollo de las energías y de las TIC´S son una oportunidad para mejorar las relaciones entre el campo y la ciudad.